Reducción de pena porque la víctima tenía dientes postizos
La Fiscalía y la acusación particular rebajaron de cinco años a tres y medio su petición de cárcel para un presunto maltratador reincidente porque los tres dientes incisivos que le rompió a su pareja de un puñetazo delante de su hijo no eran piezas originales, sino una prótesis dental.
El juicio se desarrolló en la sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante y aunque el procesado, Luis S.Q, se negó a declarar, la sala constató que en la fase de instrucción reconoció que golpeó con el "revés de la mano" a la víctima.
Frente a la solicitud de absolución de la defensa, el fiscal y la acusación particular pedían en un principio cinco años de cárcel para este hombre por el artículo 150 del Código Penal, que castiga al que cause a otro la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal o la deformidad.
Sin embargo, al acreditarse durante la vista oral por el testimonio del médico forense que los dientes rotos eran protésicos, las acusaciones rebajaron la calificación al artículo 148.4 porque, aunque la lesión existe, había un perjuicio estético anterior.
Sin pruebas
Por otra parte, la Audiencia de Cantabria rebajó otra condena por violencia de género porque la víctima no acudió a un servicio médico tras sufrir la agresión y, en consecuencia, carecía de un documento que probase las lesiones sufridas.